“EL MUNDO DEL ABOGADO. Enero 2017”
Ambrosio Michel presenta su nuevo libro. Página 4.
Teniendo como escenario el auditorio Emilio Rabasa de la Escuela Libre de Derecho y con la participación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Olga Sánchez Cordero y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el ex procurador general de la República y ex rector de la ELD, Ignacio Morales Lechuga, el entonces rector de la ELD Luis Días Mirón, Ambrosio Michel presentó su obra Secreto Bancario y Defraudación Fiscal.
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“IDC. Enero 2017”
Nuevo Enfoque en los delitos fiscales. Páginas 2 a 9.
Ambrosio Michel analiza la reforma de 17 de junio de 2016, mejor conocida como Miscelánea Penal, en la que se modificaron diversas disposiciones a fin de ajustarlas al nuevo sistema penal acusatorio; entre ellas, el artículo 92 del CFF, el cual, a juicio del autor, contiene serias inconsistencias que hacen cuestionable su constitucionalidad, tal es el caso de la designación de la SHCP como víctima u ofendido del delito o la imposición de una garantía económica como medida cautelar por el equivalente a las contribuciones omitidas con sus actualizaciones y recargos, entre otras.
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“EL MUNDO DEL ABOGADO. Junio 2019”
Combate a la Evasión Fiscal y Prisión Preventiva Oficiosa. Páginas 34 a 37.
Ambrosio Michel cuestiona por un lado si la evasión fiscal debe considerarse o no un delito que amerite la prisión preventiva oficiosa y, por otro lado, advierte la necesidad de que se incorpore en el artículo 19 de la Carta Magna cualquier delito que se considere de prisión preventiva oficiosa so pena de su inconstitucionalidad.
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“IDC. Ediciones Especiales. Noviembre 2018”
Regulación y su diferencia con otras materias. Página 12 a 14.
Ambrosio Michel cuestiona si los delitos fiscales pueden ser determinantes del diverso de operaciones con recursos de procedencia ilícita mejor conocido como lavado de dinero, ello con base en el análisis de la Convención de las Naciones Unidas sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, también conocida como la Convención de Viena de 1988, así como de la revisión de las propias recomendaciones formuladas por el GAFI.
Prohibición de uso de efectivo y metales precioso. Páginas 82 a 85.
Fabián Ávila analiza los supuestos y alcances de las restricciones al uso de efectivo y de los metales preciosos, a partir del marco normativo contenido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su Reglamento, planteando la posible inconstitucionalidad de algunas de estas normas restrictivas.
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“EL MUNDO DEL ABOGADO. Septiembre 2014”
Encuesta. Página 18.
Ambrosio Michel opina sobre la aplicación gradual en la Ciudad de México del nuevo sistema penal acusatorio, comenzando con los delitos de corte patrimonial.
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“BOLETÍN”
“La prevención del delito en México. Compromiso Institucional Hacia el Siglo XXI”. Páginas 11 a 20.
Ponencia que, en representación de la PGR, presentó Ambrosio Michel siendo Director de Prevención del Delito, en la Reunión sobre Mecanismos para Integrar una Red de Información Mundial en Materia de Prevención del Delito y Justicia Penal, convocada por el Consejo Consultivo Internacional, Científico y Profesional del Programa de Naciones Unidas de Prevención del Delito y Justicia Penal, en Siracusa, Sicilia, Italia el 10 de junio de 1993.
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“EL FORO”
“Las Facultades de Comprobación y el Secreto Bancario en los Delitos Fiscales”. Páginas 53 a 108.
Ambrosio Michel dilucida a la luz del derecho humano a la privacidad, el alcance del término “fines fiscales” y su repercusión en la solicitud de información financiera por parte de las autoridades fiscales, estableciendo los límites y alcances del artículo 142 de la LIC y demostrando la incompetencia de las autoridades de la Procuraduría Fiscal de la Federación para solicitar esa clase de información.
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“ITER CRIMINIS”
“El Fisco ante los delitos de cuello blanco”
Ambrosio Michel propone las vías de combate a las actividades ilícitas de los delincuentes de cuello blanco que han quedado impunes por la ausencia de investigaciones de este tipo de delitos o que, habiendo sido investigadas, no concluyeron con una sanción que impida la utilización del fruto de esos ilícitos para seguir cometiendo otros del mismo tipo. Frente a esto, el autor considera que la legislación mexicana debería adoptar el principio de pecunia non olet, el cual desarrolla en esta obra.
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