LAVADO DE DINERO Y DEFRAUDACIÓN FISCAL
El delito de lavado de dinero requiere de un delito previo con un resultado material, es decir, los recursos económicos de procedencia ilícita; y en su relación con la materia fiscal, nos lleva a preguntarnos si todos los delitos fiscales tienen un resultado económico; esto para poder contestar si todos los delitos fiscales, incluyendo la defraudación fiscal, pueden ser el delito predicado del delito de lavado de dinero.
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DERECHO PENAL FISCAL
El Derecho Fiscal es una rama del Derecho sumamente compleja, que ha generado no solo que las instituciones tradicionales del Derecho se desnaturalicen, sino también la creación de ordenamientos jurídicos a veces casi ininteligibles que requieren de un estudio a profundidad en la materia tributaria y administrativa, así como también en la materia constitucional, penal y contable, entre otras.
De lo anterior deriva la especialidad y la falta de claridad en el Derecho Fiscal Mexicano, lo cual se refleja también en la regulación de los delitos fiscales, toda vez que algunos de los tipos penales de esta índole contienen errores graves o ya no son acordes con las modificaciones que se han realizado a las leyes especiales que regulan cada una de las contribuciones, y para su aplicación a los casos concretos es necesario hacer una interpretación integral de las leyes fiscales y los diversos criterios jurisprudenciales emitidos al respecto, lo que convierte a la materia penal fiscal en un terreno escabroso.
Además, no ha habido un desarrollo de esta rama específica del Derecho Penal Fiscal ni mucho menos existe una especialidad, lo cual no solo ha generado impunidad sino también abusos e injusticias a grado tal que existen personas sujetas a procedimientos por delitos que se encuentran ya derogados. Esto explica la separación tajante en el ejercicio profesional de los abogados postulantes, toda vez que los litigantes en materia fiscal no patrocinan procedimientos penales de índole fiscal y, de la misma manera, los abogados penalistas que patrocinan asuntos penales fiscales siempre se ven en la necesidad de contar con el apoyo de fiscalistas y contadores para poder desempeñar la defensa de este tipo de asuntos.
La independencia entre el ejercicio de la profesión del abogado fiscalista y del abogado penalista se robustece y se manifiesta plenamente con la independencia jurisdiccional entre los procedimientos administrativos fiscales y los procedimientos penales fiscales, ya que, de acuerdo con nuestra legislación positiva y con la Jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación, existe una independencia entre dichos ámbitos, de tal manera que lo que ocurra en uno no repercute necesariamente en el otro.
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EL DECOMISO
Regular adecuadamente las instituciones jurídicas para su correcta aplicación en la práctica nos llevará a alcanzar la Justicia. De aquí la necesidad de acudir a la investigación de aquellas figuras que , ya sea por su novedad, desconocimiento, o complejidad, no han sido analizadas lo suficientemente para aprovecharlas en beneficio del Bien Común.
En el caso del decomiso, institución poco explorada por la doctrina jurídica, al no existir actualmente investigaciones en nuestro país sobre este tema, y regulada dispersamente con severas lagunas en el Derecho Positivo Mexicano, aún cuando recientemente se realizó el primer esfuerzo para determinar el régimen legal de los bienes decomisados en los procedimientos penales federales, a través de la expedición de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, pero sin que sigan existiendo fuentes a las que se pueda acudir para introducir al tema, aclarar dudas, y más aún, para entender su regulación de manera integral, tanto en el ámbito administrativo como en el ámbito penal. Por estas razones y otras más que el lector encontrará en el desarrollo de esta obra, es que hemos procedido a recopilar, analizar y estudiar de manera sistemática la muy escasa doctrina, el Derecho comparado y la normatividad vigente en nuestro país, con la finalidad de brindar al estudioso del Derecho, a los abogados postulantes y a los servidores públicos relacionados con la aplicación de las leyes administrativas y penales un instrumento que, de manera integral, les permite conocer la naturaleza jurídica del decomiso, su instrumentación procedimental y la aplicación o destino final de los recursos que se obtienen por tal concepto, desde el punto de vista constitucional, administrativo, penal y financiero, siempre con el ánimo de encontrar mejores normas que permitan aprovechar los beneficios de esta institución. Así este libro, se encuentra dividido para su estudio en 3 partes: la primea tiene por objeto determinar la naturaleza jurídica de la institución, y , con ello, permitir al lector llegar a una definición que abarque todas las especies de decomiso. La segunda parte tiene por objeto realizar un estudio del decomiso en el Derecho Positivo Mexicano, ya que, una vez que se cuenta con una noción conceptual y doctrinaria de la institución en comento, se precisa necesaria la interpretación de las diversas disposiciones normativas que la regulan. La tercera y última parte tiene por objeto estudiar al decomiso desde el punto de vista financiero, es decir, como fuente de ingresos para el Estado, ya que a partir de 1999 la materia empieza a cobrar importancia por la expedición de la ya mencionada Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados y por la creación del Servicio de Administración de Bienes Asegurados.
INDICE
- Dedicatoria
- Nota Introductoria
- Prefacio
- CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA DEL DECOMISO
- Terminología
- Antecedentes
- Ley de Moisés
- Derecho Romano
- Edad Media
- Renacimiento
- México
- Derecho Comparado
- Derecho Argentino
- Derecho Italiano
- Derecho Español
- CLASIFICACIÓN
- Decomiso penal
- Concepto, Naturaleza y Características
- Doctrina
- Criterio del Poder Judicial de la Federación
- Decomiso administrativo
- Concepto, Naturaleza y Características
- Principio de Intervención Míma del Estado
- Diferencias entre Sanciones Administrativas y Sanciones Penales
- Tipos de Sanciones Administrativas
- Tipos de Sanción Ejecutiva
- Tipos de Penas de Policía
- Justificación de Decomiso Administrativo
- Inconstitucionalidad del Decomiso Administrativo
- CONVENCIONAL
- Definición
- Fundamento constitucional
- Figuras afines
- APLICACIÓN A FAVOR DEL ESTADO DE AQUELLOS BIENES ASEGURADOS RESPECTO DE LOS CUALES NO SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN ALGUNA AL TERMINAR LA INVESTIGACIÓN O PROCESO PENAL SEGUIDO POR DELITOS DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
- Multa en materia penal
- La reparación del daño
- La expropiación
- El embargo
- El secuestro
- La requisa
- El aseguramiento
- La confiscación
- Su licitud en el Derecho Internacional Público, como medida de represalia
- SEGUNDA PARTE
- El Decomiso en el derecho positivo Mexicano
- Diversas leyes que regulan al Decomiso
- DISPOSICIONES PENALES
- 1. Código Penal Federal
- 2. Ordenamientos que contienen Delitos Especiales
- 3. Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
- DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS
- 1. Ley general del equilibro ecológico y la protección al ambiente
- 2. Ley Forestal
- 3. Ley de Pesca
- 4. Ley de Aguas Nacionales
- 5. Ley Federal de Instituciones de Fianzas
- 6. Ley General de Institucioones y Sociedades Mutualistas de Seguros
- 7. Ley de Vías Generales de Comunicación
- 8. Ley de Caminos, Puentes
- 9. Ley de Puertos
- 10. Ley General de Vida Silvestre
- 11. Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
- II. EL DECOMISO EN LA JURISPRUDENCIA
- Tercera parte
- El decomiso como fuente de ingresos del Estado
- I. Generalidades sobre el régimen financiero del estado
- La obtención de ingresos por el estado
- I. La potestad tributaria
- Potestad Tributaria de la Federación
- Potestad Tributarias de las Entidades Federativas
- 2. Empréstitos
- 3. Ingresos provenientes de las funciones de Derecho Privado
- Administración de los ingresos obtenidos por el estado
- El gasto público federal
- II. El régimen financiero aplicable a los bienes decomisados en los procedimientos penales federales
- Antecedentes, objeto y generalidades de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y abandonados
- 1. Antecedentes
- 2. Objeto dela LFABADA
- Bienes que quedan comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la LFABADA
- Bienes Asegurados
- Bienes Decomisados
- Bienes Abandonados
- ADMINISTRACIÓN
- Destino
- Naturaleza jurídica del servicio de administración de bienes asegurados ¿Ùrgano desconcentrado u órgano de administración personalizada con competencia funcional propia?
- III. El régimen financiero aplicable a los bienes decomisados
- por las autoridades administrativas.
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DEFRAUDACIÓN FISCAL
Contribuir al gasto público es una obligación constitucional de todos los ciudadanos, cuyo incumplimiento no sólo genera consecuencias administrativas sino que, en ocasiones, produce responsabilidades de índole penal. Por ello -para efectos del ejercicio del ius puniendi-, el Poder Judicial de la Federación ha reconocido una clara interdependencia entre los ámbitos fiscal y penal; de aquí la importancia del estudio de figuras típicas como la defraudación fiscal y sus equiparables. Ambrosio Michel Higuera -quien se desempeñó como Subprocurador Fiscal Federal de Investigaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público- expone al lector, de manera puntual y ordenada, las ideas que, respecto a este asunto, han plasmado los escasos autores que se han referido al tema, así como los diversos criterios y precedentes que se han pronunciado en la materia, lo que hace de la presente obra un referente obligado para los postulantes, fiscales y juzgadores interesados en profundizar en el complejo mundo del Derecho Penal Fiscal.
INDICE / INTRODUCCIÓN.
- -I. TIPOS DE DEFRAUDACIÓN FISCAL Y SUS EQUIPARABLES
- – 1. DEFRAUDACIÓN FISCAL
- -Sujetos
- -Sujeto activo
- -Sujeto pasivo
- -¿Se requiere sujeto calificado?
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos
- -Omisión total o parcial del pago de contribuciones
- -Obtención de un beneficio indebido
- -Engaño
- -Aprovechamiento del error
- -Perjuicio del Fisco Federal
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -Clasificación
- -Clasificación
- -2. DEFRAUDACIÓN FISCAL EQUIPARABLE
- -Artículo 109 fracción i del CFF
- -Sujetos
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos y normativos
- -Consignar en las declaraciones fiscales
- -2.1) PRIMERA HIPÓTESIS DEL ARTÍCULO 109 FRACCIÓN 1 DEL CFF. DEDUCCIONES FALSAS
- -2.2) SEGUNDA HIPÓTESIS DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 109 DEL CFF. INGRESOS ACUMULABLES MENORES A LOS REALMENTE OBTENIDOS O DETERMINADOS CONFORME A LAS LEYES
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -Precisiones
- -2.3) TERCERA HIPÓTESIS DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 109 DEL CFF. EROGACIONES SUPERIORES A LOS INGRESOS
- -Sujetos
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -Precisiones
- -2.4) ARTÍCULO 109 FRACCIÓN N DEL CFF. OMITIR ENTERAR A LAS AUTORIDADES FISCALES, DENTRO DEL PLAZO LEGAL, CONTRIBUCIONES RETENIDAS O RECAUDADAS
- -Sujetos
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -Precisiones
- -2.5) ARTÍCULO 109 FRACCIÓN NI DEL CFF. BENEFICIARSE SIN DERECHO DE UN SUBSIDIO O ESTÍMULO FISCAL
- -Sujetos
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -Precisiones
- -2.6) ARTÍCULO 109 FRACCIÓN TV DEL CFF. SIMULAR ACTOS O CONTRATOS, OBTENIENDO UN BENEFICIO INDEBIDO, CON PERJUICIO DEL FISCO FEDERAL
- -Sujetos
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -2.7) ARTÍCULO 109 FRACCIÓN V DEL CFF. OMITIR PRESENTAR, POR MÁS DE 12 MESES, LA DECLARACIÓN DEL EJERCICIO, DEJANDO DE PAGAR LAS CONTRIBUCIONES CORRESPONDIENTES
- -Sujetos
- -Bien jurídico tutelado
- -Elementos del tipo penal
- -Elementos objetivos
- -Elementos normativos
- -Elementos subjetivos
- -II. AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN LA DEFRAUDACIÓN FISCAL
- -1. Teorías
- -El concepto unitario de autor
- -El concepto extensivo de autor
- -El concepto restrictivo de autor
- -Teoría Objetivo
- -Formal
- -Teoría Objetivo
- -Material
- -Teoría del Dominio del Hecho
- -Dominio de la Acción
- – Dominio de la Voluntad
- -Dominio Funcional del Hecho
- -Cooperación en la fase ejecutiva
- -Cooperación en la fase preparativa
- -El que prepara no es coautor
- -2. Formas de autoría
- -Autoría Directa o Inmediata o Material
- -Autoría Mediata
- -Autoría Mediata y Vis Absoluta
- -Autoría Mediata, valiéndose de quien actúa coaccionado (Vis Compulsiva)
- -Autoría Mediata, valiéndose de inimputables
- -Autoría Mediata, valiéndose de quien obra atípicamente o sin dolo
- -Falta de concurrencia de la parte objetiva del tipo
- -Falta de concurrencia de la parte subjetiva del tipo
- -Autoría Mediata, valiéndose de un instrumento que actúa sin antijuridicidad
- -Autoría Mediata, valiéndose de un instrumento que actúa sin posibilidad de imputación personal
- -Casos en que no puede presentarse la Autoría Mediata
- -Coautoría
- -Autoría Concomitante
- -Coautoría Sucesiva
- -Coautoría y Complicidad Correspectiva
- -Autor Intelectual
- -3. Participación
- -Accesoriedad de la Participación
- -Punibilidad de la Participación
- -Formas de Participación
- -Instigación o Inducción
- -Instigación y Autoría Intelectual
- -Instigación y Autoría Mediata
- -Cooperación Necesaria y Complicidad
- -Complicidad y Coautoría
- -Complicidad e Inducción
- -Momentos del auxilio
- -Complicidad y Encubrimiento
- -Complicidad Previa
- -Complicidad Concomitante
- -Complicidad Subsecuente
- -4. Encubrimiento
- -III. FORMAS DE COMISIÓN DE LOS DELITOS DE DEFRAUDACIÓN FISCAL Y SUS EQUIPARABLES
- -1. Defaudación fiscal
- -2. Defraudación fiscal equiparable
- -Consignar deducciones falsas en las declaraciones
- -Consignar en las declaraciones ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados conforme a las leyes
- -Realizar erogaciones superiores a los ingresos declarados
- -Omitir enterar al Fisco, dentro del plazo legal, las contribuciones retenidas o recaudadas
- -Beneficiarse, sin derecho, de un subsidio o estímulo fiscal
- -Simular actos, obteniendo un beneficio indebido en perjuicio del Fisco Federal
- -Omitir presentar la declaración anual, por más de 12 meses, dejando de pagar las contribuciones correspondientes
- -IV. FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA
- -1. Antecedentes
- -Reformas al Código Fiscal de la Federación de 1997. Utilización de medios electrónicos en la presentación de declaraciones periódicas
- -Reformas al Código Fiscal de la Federación de 1998. Se incorpora el concepto de firma electrónica como medio de identificación
- -Reformas al Código Fiscal de la Federación de 2000. Se amplía la aplicación de medios electrónicos a la presentación de avisos
- -Reformas al Código Fiscal de la Federación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2004
- -Reformas al Código Fiscal de la Federación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2006
- -Concepto y funcionamiento de la firma electrónica avanzada
- -Tipos de firma electrónica
- -Garantías de la firma electrónica avanzada
- -3. Validez de la firma electrónica avanzada
- -4. La presunción iure et de iure del artículo 19
- -A del Código Fiscal de la Federación
- -5. La presentación de la declaración como elemento del tipo
- -Defraudación fiscal
- -Defraudación fiscal equiparable
- -6. La presunción iure et de iure del artículo 19
- -A del Código Fiscal de la Federación y el principio de presunción de inocencia
- -7. La presunción iure et de iure del artículo 19
- -A del Código Fiscal de la Federación y la garantía de audiencia
- -8. Alcances de la presunción iure et de iure establecida en el artículo 19
- -A del Código Fiscal de la Federación para determinar el grado de autoría o participación
- -ABREVIATURAS | BIBLIOGRAFÍA
- -1. Hemerografia
- -2. Legislación
- -3. Criterios y resoluciones judiciales
- -4. Estudios en Internet
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DELITOS ADUANEROS
El Derecho Aduanero es una rama del Derecho Fiscal que, al. ser muy especializada, requiere se realice un estudio de manera independiente. Dentro de la misma se encuentra el tema de los delitos en materia aduanera, los cuales, si bien están tipificados en el Código Fiscal de la Federación (CFF), están sujetos a las reglas no solo de este ordenamiento sino de manera preponderante a las de la Ley Aduanera (LA) y del Código Penal Federal (CPF).
Atendiendo a la especificidad y, por ende, a la especializa que requiere esta área de la ciencia jurídica, en la que convergen el Derecho Fiscal, Aduanero y Penal, es necesario que tanto los contribuyentes, agentes aduanales, importadores o exportadores, los abogados litigantes y todos los servidores públicos tanto hacendarios como aquellos encargados de la procuración e impartición de justicia cuenten con una obra de consulta, como la presente, donde se analicen los delitos aduaneros como contrabando y sus equiparables, así como las normas que los regulan, considerando la doctrina, los criterios judiciales y las reformas legislativas.
Este libro, al adentrarse al estudio de los delitos aduaneros, sigue la técnica en que se basa el examen del Derecho Penal, por lo que primero se abordan las normas y principios más importantes que rigen el Derecho Penal Fiscal Aduanero, contenidos tanto en el CPF y el CFPP como en el CFF: los requisitos de rocedibilidad necesarios para iniciar una averiguación previa con motivo de este tipo de delitos, las reglas de la prescripción, el tema de la autoría y participación, lo relativo a la petición de sobreseimiento o perdón. Por último se analiza la parte especial del Derecho Penal Fiscal Aduanero, es decir, los tipos penales en particular: el contrabando y sus equiparables.
INDICE / INTRODUCCIÓN.
- Capítulo I. Requisitos de procedibilidad.
- Capítulo II. Prescripción.
- Capítulo III. Autoría y participación en los delitos fiscales.
- Capítulo IV. Perdón o petición de sobreseimiento.
- Capítulo V. Delito de contrabando.
- Capítulo VI. Presunción de contrabando.
- Capítulo VII. Delitos equiparables al contrabando.
- Capítulo VIII. Calificativas.
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SECRETO BANCARIO Y DEFRAUDACIÓN FISCAL
Estudia la forma en que se investiga este tipo de delitos y hasta donde llegan las facultades de la procuraduría fiscal de la federación que tiene por objeto la seguridad económica del contribuyente, el derecho al honor y privacidad que tienen todos los Mexicanos.
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DERECHO PENAL FISCAL
DERECHO PENAL FISCAL
El Derecho Fiscal es una rama del Derecho sumamente compleja, que ha generado no solo que las instituciones tradicionales del Derecho se desnaturalicen, sino también la creación de ordenamientos jurídicos a veces casi ininteligibles que requieren de un estudio a profundidad en la materia tributaria y administrativa, así como también en la materia constitucional, penal y contable, entre otras.De lo anterior deriva la especialidad y la falta de claridad en el Derecho Fiscal Mexicano, lo cual se refleja también en la regulación de los delitos fiscales, toda vez que algunos de los tipos penales de esta índole contienen errores graves o ya no son acordes con las modificaciones que se han realizado a las leyes especiales que regulan cada una de las contribuciones, y para su aplicación a los casos concretos es necesario hacer una interpretación integral de las leyes fiscales y los diversos criterios jurisprudenciales emitidos al respecto, lo que convierte a la materia penal fiscal en un terreno escabroso.
Además, no ha habido un desarrollo de esta rama específica del Derecho Penal Fiscal ni mucho menos existe una especialidad, lo cual no solo ha generado impunidad sino también abusos e injusticias a grado tal que existen personas sujetas a procedimientos por delitos que se encuentran ya derogados. Esto explica la separación tajante en el ejercicio profesional de los abogados postulantes, toda vez que los litigantes en materia fiscal no patrocinan procedimientos penales de índole fiscal y, de la misma manera, los abogados penalistas que patrocinan asuntos penales fiscales siempre se ven en la necesidad de contar con el apoyo de fiscalistas y contadores para poder desempeñar la defensa de este tipo de asuntos.
La independencia entre el ejercicio de la profesión del abogado fiscalista y del abogado penalista se robustece y se manifiesta plenamente con la independencia jurisdiccional entre los procedimientos administrativos fiscales y los procedimientos penales fiscales, ya que, de acuerdo con nuestra legislación positiva y con la Jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación, existe una independencia entre dichos ámbitos, de tal manera que lo que ocurra en uno no repercute necesariamente en el otro.
INDICE / INTRODUCCIÓN.
- PRIMERA PARTE. PARTE GENERAL
- Capítulo I. Facultades de comprobación de la autoridad hacendaria.
- Capítulo II. Independencia entre las jurisdicciones penal y administrativa.
- Capítulo III. Clasificación de los delitos fiscales.
- Capítulo IV. Requisitos de procedibilidad.
- Capítulo V. Prescripción.
- Capítulo VI. Autoría y participación en los delitos fiscales.
- Capítulo VII. El dolo en los delitos fiscales.
- Capítulo VIII. Punibilidad de los delitos fiscales.
- Capítulo IX. Petición de sobreseimiento.
- SEGUNDA PARTE. DELITOS FISCALES EN PARTICULAR
- Capítulo X. Delito de contrabando y sus equiparables.
- Capítulo XI. Delitos de defraudación fiscal y sus equiparables.
- Capítulo XII. Delitos relacionados con el registro federal de contribuyentes previstos en el artículo 110 del CFF.
- Capítulo XIII. Delitos relacionados con el registro federal de contribuyentes previstos en el artículo 110 del CFF.
- Capítulo XIV. Delitos de depositaría infiel contenidos en el artículo 112 del CFF.
- Capítulo XV. Delitos diversos previstos en el artículo 113 del CFF.
- Capítulo XVI. Delitos cometidos por servidores públicos previstos en los artículos 114, 114A y 114B del CFF.
- Capítulo XVII. Delito de robo o destrucción de mercancías en recinto fiscal o fiscalizado previsto en el artículo 115 del CFF.
- Capítulo XVIII. Delito relacionado con combustibles previsto en el artículo 115 bis del CFF.
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